CONTRATO A TIEMPO DETERMINADO ANALISTA DE COMPRAS

CONTRATO Nº 7. Entre Transporte Grupo Kola, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero del Edo. Zulia, N° 17 tomo 158-A-485 en fecha 11 de Noviembre del 2013, ubicada en Barrio Carmelo Urdaneta, Av. 104 # 69-76, Maracaibo Edo. Zulia, Tlf.: 0261-7312801, representada en este acto por su propietario HAIL BAHSAS AVILA, mayor de edad, de este mismo domicilio y titular de la Cédula de Identidad C.I. N° V-6.749.224, quien a los efectos de este documento se denominará EL PATRONO por su parte, y por la otra parte, el(la) ciudadano(a): FERNANDO MIGUEL, SICA JIMENEZ, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, con domicilio en: CALLE 162, CON AV. 42 A EDIF. RES. MARÍA ALEJANDRA PISO 1 APT 1-1 URB. COROMOTO MARACAIBO ZULIA., y titular de la Cédula de Identidad N° V.-17940044, quien en lo sucesivo se denominará EL TRABAJADOR, se ha convenido en celebrar el presente Contrato, de conformidad a lo estipulado en el Artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, y se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: EL TRABAJADOR acuerda con EL PATRONO prestarle sus servicios ejerciendo el cargo de ANALISTA DE COMPRAS, y sus funciones serán desempeñadas para todas las empresas del grupo filial: Distribuidora Kola Maracaibo C.A., Kola Bolivia C.A., Distribuidora Kola Fría C.A., Transporte Grupo Kola C.A. y Mega Distribuidora Falcón C.A., y cualquier otra empresa que de forma directa o indirecta sea asociada al grupo, y cuyas instalaciones se encuentran ubicadas en diferentes localidades las cuales serán visitadas regularmente por el ANALISTA DE COMPRAS. SEGUNDA: la duración del presente contrato es por un período de Ochenta y cinco (85) días, contados a partir del 07-05-2015 hasta el 30-07-2015, y se celebra por la necesidad de evaluar la creación del cargo de ANALISTA DE COMPRAS para su implementación y mejora en el departamento de COMPRAS y se tomará como perído de planificación, evaluación y mejora. TERCERA: Dado que EL TRABAJADOR ocupando el cargo de ANALISTA DE COMPRAS interviene en la toma de decisiones u orientaciones de la entidad de trabajo y tiene el carácter de representante del patrono o patrona frente a otros trabajadores, trabajadoras o terceros, se considera que EL TRABAJADOR está calificado como Trabajador de Dirección bajo lo contemplado en el Art. 37 de la LOTTT. CUARTA: EL PATRONO se compromete a pagar a EL TRABAJADOR un Salario mensual de (Bs. 15000.00) son: Quince mil bolivares con 00/100 centimos , de la siguiente manera: mediante nómina quincenal pagada los quince y últimos de cada mes en dos partes iguales equivalentes al 50% del sueldo mensual arriba establecido. QUINTA: Dado que EL TRABAJADOR está calificado por la LOTTT como trabajador de dirección, su jornada de trabajo, no estará sometida a los límites establecidos para la jornada diaria o semanal de trabajo en el Art. 173, según el Art. 175 de la LOTTT. SEXTA: Le corresponden a EL TRABAJADOR las siguientes funciones, obligaciones, responsabilidades y tareas: Coordinar y ejecutar el proceso de adquisición de productos y/o servicios; Velar por el cumplimiento de las condiciones de negociación con cada proveedor; Coordinar y monitorear con las áreas involucradas, el seguimiento a la ejecución de los contratos, órdenes de compra o servicio; Elaborar órdenes de compras; Atender y negociar con proveedores; Evaluar a los proveedores actuales; Ubicar, contactar y seleccionar nuevos proveedores; Elaborar los documentos e informes que garanticen la comunicación interna; Manejo de cotizaciones de productos; Mantener una base de datos actualizada de proveedores; Actualización constante de los costos de cada ítem, producto o artículo de compra habitual; Solicitar y verificar los inventarios, stock de insumos y materiales para mantener los niveles óptimos establecidos; Programar las compras de acuerdo a la rotación de los productos; Administrar las líneas de precios y rangos de márgenes de utilidad para los productos comercializados; Administrar el inventario de mercadería en función de la rotación, cantidades por Distribuidora, almacén, clasificaciones, precio, calidad, proveedor etc…; Desarrollar y mantener programas de compras permanentes de artículos básicos; Realizar análisis de requisiciones, proveedores y artículos; Participar en la planificación de ventas para planificar la adquisición de productos e inventarios; Atender análisis de ventas de forma periódica (semanal, mes, temporada etc…); Realizar control del sistema y presupuesto para comprar; Determinar estándares de surtido en cuanto a marcas, sabores, tipos, cantidades, etc... en cada distribuidora; Coordinar las funciones y actividades del asistente de compras, cuando esté bajo su cargo; Revisar y atender correo electrónico y comunicaciones internas y externas recibidas; Registrar y procesar traspasos de inventarios o productos; Comunicar mediante Memorando las devoluciones a proveedores; Registrar al sistema los SKU de productos nuevos; Actualizar la información de SKUS en el sistema (precio, costo, referencia, proveedor, cantidades etc...); Atender y canalizar solicitudes de productos, insumos, materiales, equipos, etc… de cada Distribuidora; Comunicar inmediatamente a la Gerencia General y Coordinación General de Ventas, los cambios de precio apenas tenga conocimiento de los mismos para tomar las previsiones y medidas pertinentes; Mantener estrecha comunicación con el Coordinador General de Logística, Supervisores de Almacén y Administración de cada Distribuidora, filtrando necesidades y sugerencias; Resolver irregularidades o eventualidades con SKUS; Programar visitas a las Distribuidoras, dando apoyo directo a cada una, orientación y capacitación al personal, respuesta a consultas y seguimiento del movimiento en ventas; Archivar documentos varios que tienen que ver con su gestión; Realizar estudios de mercado, tendencias, estadísticas, moda y consumo; Mantener actualizado el catálogo de proveedores; Realizar compras de refrescos y bebidas, insumos de mantenimiento y servicios generales, uniformes de trabajo, Equipos de Protección Personal, materiales, repuestos y partes para vehículos y maquinaria, equipos de computación y tecnología y cualquier otro requerimiento que se presente de manera eventual o habitual en las empresas del grupo; Mantener excelentes relaciones comerciales con proveedores, con fin de obtener colaboración y servicio; Asegurar una posición de preferencia ante los proveedores; Buscar constantemente nuevas y rentables fuentes de abastecimiento; Realizar visitas a los proveedores cuando sea necesario; Negociar con proveedores plazos, descuentos, beneficios, devoluciones y condiciones varias en beneficio de la empresa; Informar en forma proactiva a los proveedores, procedimientos nuevos de trabajo, lineamientos y normas de la empresa para la adquisición de bienes y servicios así como del proceso de pago; Informar a los proveedores de mercancías los movimientos de ventas de sus productos; Definir, clasificar y evaluar a los distintos proveedores de acuerdo a su modalidad contractual (outsourcing, consignación, convencional, alianzas, etc…); Establecer alianzas con proveedores para desarrollar productos de comercialización y consumo; Adquirir artículos y servicios de acuerdo a las líneas de precio sugerido, presupuestos, calidad y necesidades de las empresas del grupo; Negociar alianzas con proveedores para el manejo publicitario y de promociones de temporada; Coordinar la capacitación técnica del personal con los proveedores de equipos, herramientas o maquinarias adquiridas para garantizar su uso o manejo adecuado así como la protección a la Salud y Seguridad Laboral; Planificar en coordinación con la Coordinación General de ventas las compras de temporadas especiales; Planificar promociones y rebajas de mercancía en coordinación con los Almacenes y Coordinación de Ventas; Desarrollar ideas de nueva mercadería en coordinación con los proveedores y Gerencia General; Asistir a las reuniones del pool de publicidad; Acatar la política de ética en las negociaciones; Elaborar actas de entrega de artículos o insumos para las diferentes unidades o departamentos; Quedando expresamente acordado entre las partes que además de las funciones inherentes al cargo, EL TRABAJADOR se compromete a efectuar cualquier otra actividad adicional que le sea asignada por EL PATRONO cuando así fuere necesario, todo de conformidad a lo previsto en los literales a, b y c del Artículo 18 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. SEPTIMA: EL TRABAJADOR acatará las siguientes obligaciones: A) Cumplir las jornadas laborables establecidas por EL PATRONO dentro de los horarios pautados por el mismo; B) EL TRABAJADOR aceptará el traslado a otras sucursales de la misma empresa en cualquier momento de la relación laboral, con el fin de prestar sus servicios en ese lugar, recibir capacitación o entrenamiento o apoyar a su departamento en otras instalaciones de la empresa; C) EL PATRONO podrá establecer horarios, sitios y condiciones de trabajo diferentes a las establecidas en las cláusulas anteriores, para los cuales EL TRABAJADOR deberá presentarse a prestar sus servicios. D) EL TRABAJADOR deberá reunir los siguientes requisitos: Uniformidad, conducta intachable tanto dentro como fuera de sus labores; buen trato con sus compañeros de trabajo y sus superiores, y asume toda la responsabilidad por cualquier actuación o expresión que se aparte de la misma, sin perjuicio de incurrir en las sanciones establecidas en la Ley del Trabajo. OCTAVA: Es entendido y convenido entre EL PATRONO y EL TRABAJADOR, que el hecho de que EL TRABAJADOR incurra en cualquiera de las causales de despido a que hace referencia el Artículo 79 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, o viole o irrespete las normativas y directivas contempladas en el Reglamento Interno de la empresa, dará derecho a EL PATRONO a rescindir y dar por terminado el presente contrato. NOVENA: Al vencimiento del Contrato, se le cancelará a EL TRABAJADOR todo lo correspondiente a sus derechos y beneficios laborales por la antigüedad acumulada. DECIMA: Es entendido, que en todo lo relativo a la interpretación de este contrato, sus signatarios se atendrán al espíritu y propósito que los animó a su celebración; supliendo las imprevisiones surgidas en cuanto las disposiciones de este no colinden con lo estatuido en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, su Reglamento y demás leyes especiales que rijan la materia. DECIMA PRIMERA: Las partes reconocen y aceptan la obligación de confidencialidad, el cual es fundamental dentro del marco del presente contrato de trabajo, tanto desde el punto de vista de la información relacionada con el aspecto tecnológico, como de la información comercial de los clientes, suministrada por la empresa a EL TRABAJADOR. En el desarrollo del presente contrato, tendrá el carácter de información confidencial: A.-Todos los materiales, datos, proceso, programas y conocimientos técnicos de propiedad de la Empresa, B.-Todo los conocimientos de los negocios que realiza la empresa que no son del conocimiento público. C.-Todos los materiales, programas, planos de la infraestructura con que cuenta la Empresa. D.-Toda información legal, fiscal y contable que maneje, manipule, modifique o cambie los datos y programas propiedad de la empresa. En consecuencia, EL TRABAJADOR, asume la obligación de guardar el secreto y la confidencialidad de toda la información que se señala en forma detallada en la cláusula octava de este contrato y de la cual tenga conocimiento EL TRABAJADOR durante la vigencia del presente contrato. Esta obligación subsistirá aun después de finalizada la relación laboral y a partir de la fecha de su culminación y hasta por diez años más. EL TRABAJADOR, será responsable de todos los daños y perjuicios que para la empresa se deriven como consecuencia del incumplimiento doloso o culposo de dicha obligación, así como las acciones penales a que haya lugar en ejercicio de su cargo o labor desempeñada. DECIMA SEGUNDA: Para todos y cada uno de los efectos jurídicos del presente contrato, se elige como domicilio especial AV. 50 KILOMETRO 8 VIA PERIJA GALPON N.- 12 Y 13 N.- 176 108E SAN FRANCISCO ESTADO ZULIA bajo la jurisdicción de cuyos Tribunales las partes declaran someterse. DECIMA TERCERA: Se hacen Dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Así lo decimos y firmamos en AV. 50 KILOMETRO 8 VIA PERIJA GALPON N.- 12 Y 13 N.- 176 108E SAN FRANCISCO ESTADO ZULIA, en fecha 07-05-2015.