CONTRATO TIEMPO DETERMINADO COORDINADOR ADMINISTRA

CONTRATO Nº 132. Entre Hayel Punto Fijo C.A., inscrita en el Registro Mercantil II del estado Falcon Municipio Carirubana, Numero 19, Tomo 6-A, ubicada en Calle Sucre y Rafael Gonzalez, Casa S/N Sector Centro, Punto Fijo Estado Falcon, representada en este acto por su propietario, el Ayed Bahsas El Maaz, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, casado, de este mismo domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.803.998, quien a los efectos de este documento se denominará EL PATRONO por su parte, y por la otra parte, el ciudadano CARLOS ALBERTO, RUIZ CASTILLO, mayor de edad, de nacionalidad Venezolana titular de la C.I. 16198138, con domicilio en LAS MARGARITAS, SECTOR LA ESMERALDA, CALLE ZARAGOZA CON VICTORIA CASA 13-55, quien en lo sucesivo se denominará EL TRABAJADOR, se ha convenido en celebrar el presente CONTRATO A TIEMPO DETERMINADO, de conformidad a lo estipulado en el Artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Trabajadoras, identificado con el número 132 y se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: EL TRABAJADOR, ya identificado, se compromete a prestar servicios a EL PATRONO, en Hayel Punto Fijo C.A., cuyas instalaciones se encuentran ubicadas en Calle Sucre y Rafael Gonzalez, Casa S/N Sector Centro, Punto Fijo Estado Falcon.

SEGUNDA: La duración del presente contrato es por un periodo de Sesenta (60) contados a partir del 04-03-2020 al 02-05-2020, y tiene por objeto: CONTRATO INICIAL

TERCERA: EL TRABAJADOR acuerda con EL PATRONO prestarle sus servicios ejerciendo el cargo de COORDINADOR ADMINISTRATIVO, y dado que el mismo interviene en la toma de decisiones u orientaciones de la entidad de trabajo y tiene el carácter de representante del patrono o patrona frente a otros trabajadores, trabajadoras o terceros, se considera que EL TRABAJADOR está calificado como TRABAJADOR DE DIRECCION, bajo lo contemplado en el Art. 37 de la LOTTT.

CUARTA: EL PATRONO se compromete a pagar a EL TRABAJADOR un Salario Mensual de (Bs. 250000.00) son: (Doscientos cincuenta mil Bolívares con 00/100 centimos ) de la siguiente manera: Mediante nómina quincenal pagada los quince y últimos de cada mes en dos partes iguales equivalentes al 50% del sueldo mensual arriba establecido, además le corresponde a EL TRABAJADOR el beneficio de Alimentación según lo establecido en la Modalidad del CESTA TICKET SOCIALISTA, de acuerdo a los valores establecidos por el gobierno nacional, vigente durante la relación laboral.

QUINTA: Dado que EL TRABAJADOR está calificado por la LOTTT como trabajador de dirección, su jornada de trabajo, no estará sometida a los límites establecidos para la jornada diaria o semanal de trabajo en el Art. 173, según el Art. 175 de la LOTTT. Queda acordado entre EL TRABAJADOR y EL PATRONO, que cuando sea necesario para garantizar la productividad de la empresa, para cumplir con compromisos adquiridos con clientes o para satisfacer la demanda de productos alimenticios y de consumo masivo ofrecidos por la empresa, EL PATRONO, acogiéndose al Art. 185 de LOTTT, podrá convocar a EL TRABAJADOR a laborar los días feriados, quedando claro que cuando EL TRABAJADOR haya laborado un día domingo o feriado el valor de dicha jornada será pagado con el recargo respectivo según el Art. 120 de la LOTTT.

SEXTA: Le corresponden a EL TRABAJADOR las siguientes funciones, obligaciones, responsabilidades y tareas: Dirigir, coordinar, organizar, planear y controlar los recursos humanos, materiales y financieros que permitan un funcionamiento eficiente a nivel operativo y administrativo de Hayel Punto Fijo C.A., a fin de brindar un servicio que satisfaga los requerimientos del cliente o consumidor; Difundir y supervisar el cumplimiento y aplicación de manuales de organización, instructivos, procedimientos y disposiciones generales entre el personal de la Distribuidora. Coordinar conjuntamente con los otros jefes de área o departamento, los programas de trabajo por área de responsabilidad, haciéndolos corresponsales de las actividades encomendadas, sus acciones y sus resultados; Efectuar conjuntamente con la Gerencia General, contador y los jefes de área reuniones quincenales de evaluación de los programas de trabajo establecidos, que determinen los avances logrados en materia de ventas, compras, productividad, captación de Clientes, niveles de pérdida, etc. y con base en los resultados, coordinar actividades correctivas que permitan cumplir con los objetivos predeterminados; Proponer y definir estrategias para la optimización de los recursos; Formular y proponer a la Gerencia normas, políticas y procedimientos para el mejor cumplimiento, de las actividades relacionadas con los sistemas de presupuesto, contabilidad y logística; Coordinar con el Contador y Analista Contable la elaboración del anteproyecto de presupuesto, a efecto de proponerlo para su validación a la Gerencia General; Supervisar en coordinación con el jefe de contabilidad el seguimiento en el cumplimiento del programa presupuestal autorizado, a fin de evitar posibles desviaciones negativas que afecten la posición financiera de la Distribuidora; Verificar periódicamente que los reportes contables se encuentren respaldados por la documentación comprobatoria correspondiente y que la misma se encuentre controlada adecuadamente; Coordinar la depuración permanente de los saldos de las cuentas; Supervisar regularmente, la elaboración de los informes de movimiento diario de valores, análisis de tendencia de ventas contra presupuesto, registro contable de operaciones, estados financieros y ejercicio del presupuesto de ventas, compras y gastos; Autorizar la gestión en la utilización del fondo fijo o Caja Chica asignada para la adquisición de artículos de consumo interno y contratación de servicios menores, de acuerdo con los lineamentos normativos establecidos; Supervisar el envío regular y oportuno de los reportes contables y financieros al Contador de la empresa; Promover el conocimiento, entre el personal, del reglamento de condiciones generales de trabajo de la distribuidora, a fin de preservar el respeto y cumplimiento del mismo; Supervisar los recursos económicos y financieros de la Distribuidora en el marco de las normas y procedimientos establecidos; Supervisar la elaboración de los estados financieros e indicadores para su presentación a la Gerencia General; Definir y ejecutar los procedimientos de Auditoria Interna que permita evaluar los desempeños en las diferentes áreas; Recibir las propuestas de los Jefes de Área y analizarlas con la Gerencia General, para establecer la calendarización, promoción y realización de programas de temporada; Evaluar, junto con la Gerencia General y el Jefe de Depósito, los requerimientos de mercancía a fin de evitar el desabastecimiento o sobre inventario de las mismas; Elaborar el plan operativo de la Gerencia de acuerdo con los objetivos, políticas, y directivas dadas por la misma; Vigilar junto con el Cajero Liquidador, que los ingresos obtenidos por concepto de ventas se depositen, invariablemente según los plazos y lineamientos establecidos por la empresa, efectuando su traslado por el servicio de transporte de valores; Verificar que el Cajero Liquidador efectúe los cierres diarios de caja emitiendo los reportes correspondientes a la gerencia de finanzas; Realizar auditorías y arqueos de caja regularmente para detectar posibles desviaciones o irregularidades en los procesos de facturación y caja; Supervisar y verificar que el Facturador emita las facturas de acuerdo con los pedidos y condiciones de los clientes y la empresa; Garantizar que todos los procesos administrativos y operativos de la empresa se desarrollen de acuerdo a las normas y legislación tributaria y fiscal para evitar sanciones contra la empresa; Supervisar que los aspectos contables de la empresa se desarrollen en forma efectiva y oportuna, así como de la aplicación de la normatividad contable en vigor; Quedando expresamente acordado entre las partes que además de las funciones inherentes al cargo, Realizar cualquier otra tarea afín que le sea encomendada por la Gerencia General, Mantener limpia y ordenada el área o vehículo de trabajo; mantener las condiciones de Seguridad e Higiene de su Medio Ambiente de Trabajo; Cumplir con las normas generales de Higiene y Seguridad; Usar de manera adecuada los implementos de Seguridad y ropa de trabajo que le suministre la empresa, ya que estos son para su resguardo; así como también mantener una buena imagen y aseo personal; Informar oportunamente cualquier situación de riesgo y/o anormalidad que observe en el sitio de trabajo, en las instalaciones, equipos y trabajos asignados, a fin de que se tomen las acciones correctivas pertinentes; Acudir a eventos, talleres y capacitaciones en materia de seguridad y salud, capacitaciones técnicas y de cualquier índole cuando la empresa lo requiera, a fin de mantener actualizada la capacitación del recurso humano de la empresa, Brindar atención personalizada, oportuna y precisa al público en general; Manipulación de los productos, útiles y materiales de manera eficiente y cuidadosa, evitando cualquier deterioro o modificación perjudicial de los mismos; Queda expresamente acordado entre las partes que además de las funciones inherentes al cargo, EL TRABAJADOR se compromete a efectuar cualquier otra actividad adicional que le sea asignada por EL PATRONO cuando así fuere necesario, todo de conformidad a lo previsto en los literales a, b y c del Artículo 18 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo

SEPTIMA: Las partes reconocen y aceptan la obligación de confidencialidad, el cual es fundamental dentro del marco del presente contrato de trabajo, tanto desde el punto de vista de la información relacionada con el aspecto tecnológico, como de la información comercial de los clientes, suministrada por la empresa a EL TRABAJADOR, y EL TRABAJADOR, será responsable de todos los daños y perjuicios que para la empresa se deriven como consecuencia del incumplimiento doloso o culposo de dicha obligación, así como las acciones penales a que haya lugar en ejercicio de su cargo o labor desempeñada.

OCTAVA: EL TRABAJADOR acatará las siguientes obligaciones: a) Cumplir las jornadas laborables establecidas por EL PATRONO dentro de los horarios pautados por el mismo; b) EL TRABAJADOR aceptará el traslado a otras sucursales de la misma empresa en cualquier momento de la relación laboral, con el fin de prestar sus servicios en ese lugar, recibir capacitación o entrenamiento o apoyar a su departamento en otras oficinas; c) EL PATRONO podrá establecer horarios, sitios y condiciones de trabajo diferentes a las establecidas en las cláusulas anteriores, para los cuales EL TRABAJADOR deberá presentarse a prestar sus servicios; d) EL TRABAJADOR deberá reunir los siguientes requisitos: Uniformidad, conducta intachable tanto dentro como fuera de sus labores; buen trato con sus compañeros de trabajo y sus superiores, y asume toda la responsabilidad por cualquier actuación o expresión que se aparte de la misma sin perjuicio de incurrir en las sanciones establecidas en la LOTTT; e) EL TRABAJADOR deberá cumplir con las metas y asignaciones inherentes a la venta establecidas por EL PATRONO ; que será fijada cuando se realice la planificación de ventas para un periodo determinado.

NOVENA: Es entendido y convenido entre EL PATRONO y EL TRABAJADOR, que el hecho de que EL TRABAJADOR incurra en cualquiera de las causales de despido a que hace referencia el Artículo 79 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Trabajadoras, o viole o irrespete las normativas y directivas contempladas en el Reglamento Interno de la empresa, dará derecho a EL PATRONO a rescindir y dar por terminado el presente contrato.

DECIMA: Al vencimiento de este Contrato, EL PATRONO le cancelará a EL TRABAJADOR todo lo correspondiente a sus derechos y beneficios laborales por la antigüedad acumulada.

DECIMA PRIMERA: Es entendido, que en todo lo relativo a la interpretación de este contrato, sus signatarios se atendrán al espíritu y propósito que los animó a su celebración; supliendo las imprevisiones surgidas en cuanto las disposiciones de este no colinden con lo estatuido en la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Trabajadoras, su Reglamento y demás leyes especiales que rijan la materia.

DECIMA SEGUNDA: Para todos y cada uno de los efectos jurídicos del presente contrato, se elige como domicilio Calle Sucre y Rafael Gonzalez, Casa S/N Sector Centro, Punto Fijo Estado Falcon .

DECIMA TERCERA: Se hacen Dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto; Así lo decimos y firmamos en Calle Sucre y Rafael Gonzalez, Casa S/N Sector Centro, Punto Fijo Estado Falcon, en fecha 04-03-2020.